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INE recuerda reglas de intercampañas: candidaturas postuladas sólo pueden participar en eventos privados

Redacción / Milenio. México. 17 de enero del 2024.- A unas horas de concluir el periodo de precampañas, el Instituto Nacional Electoral recordó todas las prohibiciones a las que están sujetos las y los precandidatos o candidatos electos en intercampaña, que implica limitarse a actos totalmente privados y evitar que su libertad de expresión rompa el respeto a la equidad de la contienda.

El periodo de intercampaña (que comienza el 19 de enero) está establecido legalmente, como el momento para que los partidos políticos resuelvan cualquier tipo de diferencia interna para determinar a sus candidaturas, y a su vez, que la autoridad electoral pueda revisar el cumplimiento de los requisitos de estas personas.

El INE recordó que en este periodo “las personas aspirantes no podrán aparecer en spots, debates o mesas redondas o de análisis de radio y televisión en donde esté presente más de una o un candidato” y cualquier propaganda debe ser de carácter genérico e informativo.

Los partidos políticos sí tienen permitido difundir su propaganda con la regla de que debe limitarse a presentar ideología, principios, valores o programas genéricos, con la idea de invitar a la ciudadanía a participar en la vida democrática del país o afiliarse a esta fuerza política, sin menciones del proceso electoral.

Por lo que sólo se puede hacer mención de la imagen o postulados del partido, sus programas de acción, su declaración de principio o sus documentos básicos, y las críticas deben ser en contexto político mas no electoral.

Los promocionales también deben apegarse a temas genéricos sin referencias al proceso, llamados a votar o referencias expresas a ciertas candidaturas o a otros partidos políticos.

Lo que sí tienen permitido los partidos políticos es hacer “alusiones genéricas al cambio o continuidad de una política pública o cuestionar logros de la actividad gubernamental” nuevamente, con la condición de que no se hagan referencias a candidaturas o a otros partidos en el ámbito electoral de forma negativa o positiva.

En los medios de comunicación, si bien el Tribunal Electoral ha señalado que las precandidaturas y candidaturas postuladas tienen su libertad de expresión salvaguardada, al dar entrevistas periodísticas deben mantener un “respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la adquisición de tiempo en radio y televisión”, por lo que también implica el no referirse a la contienda con llamados a votar en favor o en contra de cierta fuerza política o persona en específico.

Pueden asistir a actos siempre y cuando sean privados y en donde se expongan temas generales y de interés público, sin incurrir en actos anticipados de campaña.

El INE recordó que lo que está en juego es que no se incurra en actos anticipados de campaña que de acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial dela Federación deben cumplir con tres puntos: el personal, el temporal y el subjetivo.

Esto es, que lo realicen los precandidatos, militantes o partidos; que sea previo al registro de candidaturas o en medio del proceso electoral; y que tengan el propósito de promover una plataforma política, un partido o coalición o una candidatura que participará en la jornada electoral.

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