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Sheinbaum se congratula de orden del TEPJF para que Poder Judicial retome elección de personas juzgadoras

Carlos Guzmán | Corresponsal CDMX | Ventanaver.- Luego de la resolución y al orden que dio la víspera el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que el Comité de Evaluación de Personas Juzgadoras para el Poder Judicial retome en máximo 24 horas sus actividades, este jueves la presidenta de México, Claudia Sheinbaum expresó su agrado por esta determinación.

“Es lo que corresponde respecto a la Constitución, no tiene razón la Corte en haber parado el proceso», indicó.

Tras ello, fue clara al recordar que tras la reforma judicial y ya antes en la propia ley de amparo, se prohibía la utilización de este recurso judicial para detener una reforma a la carta magna como la que dio vida a la Reforma Judicial.

Ayer, tal y como se hiciera público desde este lunes en un proyecto de resolución, este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Comité de Evaluación del Poder Judicial reanudar, en un plazo máximo de 24 horas, el proceso de selección y evaluación de aspirantes para la elección judicial programada para el 1 de junio de 2025.

Esta decisión surge luego de que un juez de distrito en Michoacán había dictado la suspensión del proceso. El TEPJF determinó que dicho juez se extralimitó en sus funciones e invadió competencias al ordenar la suspensión de actividades de los Comités de Evaluación de los tres poderes, ya que sus decisiones no tienen injerencia en asuntos de índole electoral.

Además, la máxima instancia de justicia en materia electoral acordó presentar una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República y una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal contra el juez de distrito de Michoacán, por considerar que obstruir el orden constitucional al interferir indebidamente en el ámbito de competencia del Tribunal Electoral.

En la sesión, la magistrada presidenta, Mónica Soto, enfatizó que en materia electoral no procede la suspensión de actos electorales, por lo que ninguna autoridad puede interrumpir el desarrollo normal de un proceso electoral en curso.

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