Redacción / Agencia. México., 20 de marzo de 2025.-La Ciudad de México (CDMX) se unió a los estados que han prohibido las corridas de toros con violencia.
Tras un inusual consenso de las fuerzas políticas, el Congreso capitalino aprobó por unanimidad el dictamen que prohíbe el formato tradicional del espectáculo, es decir, aquel donde se mata al animal.
Con esta decisión, la Ciudad se convierte en la sexta entidad en restringir la fiesta brava, regulando la práctica sin violencia para garantizar que “la tradición y la compasión caminen juntas”.
¿Cuáles son los otros estados? Aquí te contamos
Sonora, el pionero contra la tauromaquia
Era 2013 cuando el gobernador de Guanajuato, Miguel Márquez, firmó un decreto para declarar a las corridas de toros como Patrimonio Cultural Intangible, al considerarlo «un referente histórico, social, cultural, económico y ambiental» del estado.
Sin embargo, mientras en el centro aún se enaltecía a la fiesta brava, en el norte de la República se sentó un precedente luego de que el Congreso de Sonora aprobara por unanimidad la Ley de Protección a los Animales, en cuyo artículo 8 prohibió la realización los espectáculos taurinos.
«Durante los 20 minutos que dura ese dantesco espectáculo, su sistema nervioso (del toro) le está transmitiendo dolor: la puya que le destroza las cervicales, los tres pares de banderillas que horadan su carne a cada movimiento, el estoque, espada de 80 cm. que suele penetrar repetidas veces en el cuerpo del animal destrozándole los pulmones y ahogándose con su propia sangre», se describe en el documento.
Actualmente la Ley amonesta con prisión de seis meses a dos años y una multa de hasta 100 días de salario mínimo (42 mil pesos) a quienes— sin estar en una situación de peligro— lesionen animales por crueldad o maltrato.
También castiga con dos a cuatro años de cárcel, y multa de 200 a 400 días de salario mínimo (equivalente a 84 mil y 168 mil pesos, respectivamente), a quienes hayan causado la muerte de algún animal por maltrato o crueldad.
Esta legislación, así como sus sanciones, no aplican para los espectáculos de peleas de gallos, las charreadas y los jaripeos que cumplan con el Reglamento expedido por la autoridad municipal.
La tauromaquia es infracción grave en Guerrero
A finales de julio del 2014 el Congreso del estado de Guerrero aprobó por unanimidad la Ley de Bienestar Animal, la cual prohíbe, en su artículo 44, la realización de corridas de novillos y toros de lidia en todo el territorio.
Su práctica es considerada como una infracción de gravedad alta, junto a las mutilaciones con fines estéticos, las peleas de perros, uso de animales como medio de transporte y negligencias de autoridades, Centros de Atención Animal o refugios.
Dependiendo de la gravedad y las circunstancias alrededor de la infracción, las sanciones pueden ir desde una amonestación pública, arrestos administrativos, suspensiones de permisos y multas de 40 a 240 días de salario mínimo (equivalente a poco más de 11 mil pesos y 66 mil pesos, respectivamente).
¿Al estilo español o portugués?, el debate en Coahuila
«Los días de las corridas de toros en México y en el mundo están contados», aseveró en 2015 el gobernador Rubén Moreira Valdez tras promulgar el decreto que convirtió a Coahuila en el tercer estado en prohibir las corridas de toros.
La restricción de los espectáculos taurinos— así como de novillos, becerros o vaquillas, y los rejoneos— se estipulan en el Artículo 20 de la Ley de Protección y Trato Digno. Según la gravedad y los daños ocasionados, las sanciones pueden ir desde multas y decomisos, hasta arrestos administrativos de máximo 36 horas.
En 2024 la intención de varios empresarios de retornar la fiesta brava al estado reavivó la discusión en el Congreso estatal, pero bajo una modalidad que garantiza la no violencia hacia el animal: el estilo portugués.
A diferencia de la española, la usanza de Portugal suprime la muerte del animal y recurre únicamente a la destreza ecuestre, valentía del torero y la bravura del toro. No obstante, el novillero Vicente Salas replanteó la iniciativa inicial, planteada el 5 de enero del 2024, para que se apruebe el regreso de las corridas «a muerte, como lo marca la tradición taurina en México».
Quintana Roo prohíbe tauromaquia, pero sin multa económicas
Cinco meses transcurrieron para que el diario oficial de Quintana Roo publicara la reforma a la Ley de Protección y Bienestar Ambiental, en cuyo artículo 40, fracción XII, se establece la prohibición de las corridas de toros, vaquillas y becerros, así como las peleas de gallos y el entrenamiento de animales para dichos espectáculos.
Su incumplimiento puede ser sancionado con apercibimiento, amonestación por escrito o arresto hasta por treinta y seis horas. Sin embargo, la ley no considera una multa económica para quien viole la restricción.
Sinaloa y el rechazo al veto de su exgobernador
La Ley de Protección a los Animales para el Estado de Sinaloa excluía a la tauromaquia de ser una infracción hasta que, en 2021, el Congreso aprobó reformas para prohibir dichos espectáculos en el estado.
El fallo generó un sin fin de inconformidades, tales como la del exgobernador Quirino Ordaz Coppel quien intentó sin éxito vetar las modificaciones. Así, en enero del 2022 el artículo 15 de la Ley comenzó a considerar la tauromaquia como una infracción con sanciones que van desde multas de 100 a 400 veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), hasta clausuras definitivas de los establecimientos.
Fuente: Milenio