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Piden hasta 40 años de prisión a quien provocó de manera dolosa incendios forestales

• El diputado López Casarín (PVEM) propone reformar el Código Penal Federal

Redacción / Ventanaver. Ciudad de México., 25 de febrero de 2024.- El diputado Javier Joaquín López Casarín (PVEM) impulsa una iniciativa que reforma el Código Penal Federal, con el fin de establecer una pena de 20 a 40 años de prisión y multa de 15 mil a 30 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien motivo, promueva o provoque incendios forestales.

El proyecto, turnado a la Comisión de Justicia para su análisis, plantea derogar la fracción IV del artículo 420 Bis y agregar un artículo 420 Bis 1 a dicho ordenamiento jurídico.

Actualmente, el Código prevé una sanción de dos a 10 años de prisión y el equivalente de 300 a 3 mil días multa a quien provoque un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, ecosistemas o al medio ambiente.

La nueva adición indica que “se impondrá una pena de 20 a 40 años de prisión y multa de 15 mil a 30 mil veces el valor de la UMA vigente a quien, de manera dolosa o por omisión en el cumplimiento de normas, motivo, promueva”. o provoca de manera intencionada un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales que dañan elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas y que ponen en peligro la vida, la economía y la integridad de las personas”.

En su exposición de motivos, el legislador argumenta que, en la actualidad, las personas se han convertido en la principal fuente de incendios, sobrepasando los relámpagos y otras fuentes naturales. Aunado a ello, el calentamiento global y los cambios en los patrones de lluvias y sequías, están influyendo en el comportamiento del fuego.

Señala que la provocación intencional de incendios puede tener diversas motivaciones, como venganza, vandalismo o inclusive motivaciones criminales o terroristas, y las consecuencias son graves, ya que puede poner en peligro vidas humanas, causar daños a la propiedad, destruir ecosistemas naturales y afectar negativamente. a comunidades enteras.

Apunta que la legislación internacional considera a los incendios provocados como delitos y las personas responsables enfrentan, además de multas y procedimientos administrativos, penas de privación de la libertad y México no es la excepción; Sin embargo, se considera indispensable incorporar un tipo penal específico que endurezca las sanciones para contener este tipo de actos malintencionados.

Refiere que, de acuerdo con el Sistema Meteorológico Nacional y la Comisión Nacional Forestal, en lo que va del año 2024, se han registrado 152 incendios forestales en 17 entidades federativas, en una superficie de 2 mil 596 hectáreas.

Las entidades federativas con mayor presencia de incendios fueron: Estado de México, Puebla, Jalisco, Morelos, Veracruz, Chihuahua, Durango, Oaxaca, Michoacán y Ciudad de México.

Las entidades federativas con mayor superficie afectada fueron: Chiapas, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Puebla, Chihuahua, Durango, Nuevo León, Morelos y Oaxaca.

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