NacionalPrincipal

Ordena jueza federal no discutir reforma judicial

Redacción / Agencia. Ciudad de México., 31 de agosto de 2024.- Una jueza federal de Cuernavaca ordenó hoy a la Cámara de Diputados no iniciar la discusión del dictamen de reformas al Poder Judicial, agendada para este lunes.

Martha Eugenia Magaña, jueza Quinta de Distrito en Morelos, otorgó este viernes una suspensión provisional, en la que ordena que al dictamen no afecte a los cuatro jueces federales que promovieron el amparo.

«Lo cual implica que dicho proyecto en particular no podrá ser discutido y votado por la Cámara de Diputados de la nueva legislatura», dice la suspensión dictada en el amparo 1251/2024.

En teoría, esto quiere decir que los diputados no podrían discutir el dictamen por lo menos hasta el 4 de septiembre, cuando la jueza resolverá sobre la suspensión definitiva.

En la práctica, es probable que los diputados simplemente van a ignorar la orden de la jueza, como ya ha hecho el Congreso en otros casos en este sexenio, por ejemplo, cuando otra jueza ordenó repetidamente al Senado designar a comisionados faltantes del INAI.

Ante la violación a una suspensión, los jueces solo pueden denunciar el probable delito de abuso de autoridad ante la FGR, que en los últimos años ha recibido varias querellas de este tipo contra altos funcionarios del gobierno, pero no ha actuado contra ninguno.

La Cámara también puede impugnar la suspensión ante un tribunal colegiado de Morelos, que tendría 48 horas para resolver, sin que se pueda descartar que se solicite la intervención de la Suprema Corte de Justicia, mediante el ejercicio de su facultad de atracción.

Varios jueces ya se han negado a conceder suspensiones en amparos promovidos por sus colegas contra esta reforma, pues tradicionalmente, el Poder Judicial Federal (PJF) no puede intervenir en los procesos legislativos para someterlos a su control, sino que las leyes solo pueden ser impugnadas cuando ya están publicadas.

En este caso, lo que Morena y sus aliados intentan es una amplia reforma Constitucional, sobre las cuales la Corte ya estableció, en jurisprudencia de febrero de 2022, que no es posible que su contenido sea revisado judicialmente mediante amparos.

La jueza Magaña consideró que, en este caso, no se estaría pronunciando sobre el contenido de la reforma, sino que la suspensión es contra el procedimiento legislativo que está en curso, aunque su fallo se basa en estimaciones sobre las consecuencias que tendrá el cambio Constitucional.

Este argumento, sin embargo, implica que el PJF puede ponerse por encima del Poder Reformador de la Constitución, integrado por el Congreso de la Unión y las 32 legislaturas estatales, lo que siempre ha sido rechazado por la gran mayoría de Ministros y Ministras de la Corte.

«De otorgar la medida, no se afecta el interés social ni disposiciones de orden público, en atención a que si bien la sociedad está interesada en que los procedimientos de modificación a la Constitución no se detengan, lo cierto es que también tiene especial interés a que los procesos que se realicen para reformar la ley de mayor jerarquía para un país, se apeguen a los estándares de derechos humanos y mantengan las bases fundamentales que sostengan los principios de una norma de esta naturaleza, de ahí que la independencia judicial como valor íntegro de un Estado de derecho, no puede erosionarse de la Carta Magna», afirmó la jueza.

«De aprobarse la reforma Constitucional materia del proyecto que se mantiene en resguardo en la Mesa Directiva de la legislatura actual, (los quejosos) serían separados de sus cargos sin procedimiento previo ni derecho de audiencia, con las consecuencias jurídicas, laborales, psicológicas y económicas a que hacen referencia en forma puntual en la demanda», agregó.

El dictamen prevé la elección por voto popular de todos los jueces del país, incluidos, en junio de 2025, los Ministros de la Corte, magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, y la mitad de los alrededor de mil 650 jueces y magistrados federales.
[[¡Permite juez de Chiapas discutir reforma, pero no concretarla
Felipe Consuelo Soto, juez Tercero de Amparo y Juicios Federales en Chiapas, también concedió hoy una suspensión provisional, que no frena la discusión de la reforma, pero sí impide que se concrete.

«Es procedente conceder la suspensión de oficio respecto de los efectos y consecuencias de los actos reclamados», dice la síntesis de la resolución, dictada en el amparo 1190/2024.

Agrega que las cámaras del Congreso de la Unión pueden continuar con el proceso legislativo, pero si aprueban el dictamen, les prohíbe enviar el decreto respectivo a las legislaturas estatales, de las que al menos la mitad más una tienen que dar su aprobación para completar la reforma a la Constitución.

Este amparo impugna el dictamen, pero además, alega que cuando fue aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales el 26 de agosto, ya había caducado su facultad para hacerlo, pues la iniciativa Presidencial fue recibida desde el 5 de febrero. Consuelo fijó el 6 de septiembre para resolver sobre la suspensión definitiva.

«Del análisis preliminar del artículo segundo de las disposiciones transitorias, en relación con el precepto 97 Constitucional, se advierte una posible violación al derecho de inamovilidad de las personas juzgadoras quejosas, así como a los derechos humanos de audiencia previa, y acceso a un recurso efectivo», explicó el juez.

Cabe mencionar que este juez recibió antier al menos otros dos amparos similares, aunque no idénticos, para impugnar la reforma, y en ambos casos negó la suspensión.

Consuelo Soto fue, durante años, juez en materia civil en la Ciudad de México, donde adquirió notoriedad en la década pasada, por su manejo del concurso mercantil de la aerolínea Mexicana de Aviación.

Botón volver arriba