Redacción / Milenio. México. 2 de enero del 2024.- Habilitar el Buzón Tributario es una de las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales desde 2020, por lo que incumplir con ello es motivo de infracción, advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la última semana del 2023.
Lo anterior debido a que el pasado lunes primero de enero de 2024 se terminaba el plazo para que los contribuyentes habilitaran su Buzón Tributario y actualizaran sus medios de medios de contacto.
Sin embargo, el último día hábil del año pasado la autoridad fiscal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27 en la que amplió el plazo para realizar este trámite.
De esta manera, los contribuyentes tendrán una prórroga para cumplir con este requisito de carácter obligatorio y ponerse al día con sus obligaciones fiscales.
Buzón Tributario, ¿qué es y con ‘qué se come?
De acuerdo con la autoridad fiscal, el Buzón Tributario es un “canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes” que tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de forma ágil y segura.
Por lo que su habilitación, lejos de ser una medida coercitiva, ofrece a los contribuyentes beneficios tales como economizar tiempo y recursos; certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen; y la recepción de notificaciones vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet.
Además les permite conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados; recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal; y, no menos importante, proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
Entonces, ¿ahora hasta cuándo tengo para habilitar mi Buzón Tributario?
Según lo publicado en el Cuarto Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, los contribuyentes tendrán un año más para habilitar su Buzón Tributario, así como registrar y/o actualizar sus medios de contacto.
“Para los efectos de los artículos 17-K y 86-C del CFF, los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario, o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, les será aplicable lo señalado en el artículo 86-D del citado Código a partir del primero de enero de 2025”, versa la publicación.
Además les permite conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados; recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal; y, no menos importante, proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.