Avala Congreso local dar en comodato el auditorio Benito Juárez
• Aprueban diputadas y diputados el dictamen de la Comisión de Hacienda del Estado.
Redacción / Ventanaver. Xalapa, Ver., 27 de junio dEl Pleno de la LXVI Legislatura aprobó el Dictamen de la Comisión de Hacienda del Estado que autoriza al Poder Ejecutivo estatal, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), la Subsecretaría de Finanzas y Administración y de la Dirección General de Patrimonio del estado para que celebren contrato de comodato con la persona moral privada Baloncesto, Campamentos y Actividades Deportivas, A.C. sobre el Auditorio Benito Juárez, ubicado en el municipio de Veracruz.
De acuerdo con el Dictamen, el uso, cuidado, dirección, control, vigilancia y administración del inmueble estará a cargo de la Dirección General del Patrimonio del Estado de la Sefiplan, así como de conformidad con los Actos Delegatorios y Acuerdos de Destino aplicables.
Asimismo, se instruye a los servidores públicos correspondientes a actuar en la celebración del contrato de comodato, que se establece por un período de seis años que dará inicio a partir de la fecha de su firma, en los términos del proyecto aprobado por esta Legislatura con el presente Acuerdo.
El inmueble se destinará principalmente al cumplimiento, desahogo, desarrollo y celebración de juegos de basquetbol amistosos, oficiales, de exhibición, nacionales o internacionales, y los entrenamientos a que haya lugar; pudiendo dedicarse, también, a otras actividades de desarrollo económico, social, educativo, cultural y de esparcimiento. De igual forma, se deberá promover el deporte entre las niñas, niños y adolescentes.
Por excepción, cuando existan eventos, situaciones o hechos de riesgo o peligro, de caso fortuito, fuerza mayor, contingencia, emergencia sanitaria o cualquier otra circunstancia similar que lo amerite o que haga necesaria la suspensión de actividades; los servidores públicos legalmente facultados para ello podrán emitir acuerdos de destino para la salvaguarda del orden público e interés social.
Si no se cumpliera con la finalidad establecida en el presente acuerdo y/o los términos del contrato de comodato, el comodato se entenderá por revocado y sin necesidad de que medie requerimiento o resolución judicial o de cualquier otro tipo, revertiéndose al Patrimonio del Gobierno del Estado.