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Analizar antes de condenar la regulación de redes sociales: Monreal

Redacción / AlMomentoMX. México. 12 de febrero del 2021.- Con todo el revuelo que ha causado la propuesta del senador Ricardo Monreal para regular a las Redes Sociales, benditas o malditas, como se quiera ver, es necesario analizar dicho proyecto antes de condenarlo.

En primer lugar, debemos responder a la pregunta ¿qué es lo que busca la iniciativa? Y ¿De qué manera lo pretende?

La iniciativa busca proteger la libertad de expresión y el derecho a la información de los usuarios, así como a la democracia y para ello propone establecer las bases y los principios generales para protegerlos y dotar al Instituto Federal de Telecomunicaciones de las facultades para que pueda garantizar dicha libertad de expresión en las redes sociales.

Así mismo que pueda garantizar el ejercicio de este derecho humano en el ámbito del ciberespacio, al establecer límites claros a los propietarios de estas, respecto de la suspensión y eliminación de cuentas, aportando a la seguridad jurídica de usuarios y prestadores del servicio.

También debemos saber que esta regulación no traerá cambios en las redes sociales para los usuarios. Sin embargo, las empresas de Redes Sociales Relevantes tendrán que presentar sus términos y condiciones ante el IFT para que éste las autorice.

Debemos entender que las redes sociales son relevantes aquellas que cuentan con un millón o más de suscriptores, por lo que el impacto que pueden generar, en procesos de comunicación social.

Este registro implica que las empresas de redes sociales transparenten sus términos y condiciones y que contemplen la protección a la libertad de expresión, de acuerdo con la normatividad mexicana y los tratados internacionales en la materia.

Además, deberán proteger a los menores de edad, eliminar los discursos de odio y proteger los datos personales, conforme a la legislación existente.

Contempla que debe existir un mecanismo de comunicación con los usuarios para que se les informen de manera puntual las razones por las que se les está restringiendo, suspendiendo o cancelando su publicación o cuenta. También deben contar con un mecanismo para apelar dicha decisión de conformidad con la ley.

Hay que destacar que los usuarios no requieren de autorización alguna, solo las empresas de redes sociales relevantes.

Dichas empresas podrán suspender una cuenta o perfil, eliminar contenidos o cancelar en forma definitiva una cuenta, pero nunca de manera unilateral por la empresa, como actualmente sucede, sino cuando los términos y condiciones hayan sido previamente autorizados por el IFT.

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