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Ecuador no dará salvoconducto para que Jorge Glas se refugie en México

Redacción / Milenio. México. 5 de abril del 2024.- El gobierno de Ecuador informó que no otorgará el salvoconducto para que el ex vicepresidente de ese país, Jorge Glas, pueda refugiarse en México, luego de que se le otorgara el asilo político que solicitó desde la embajada mexicana en Quito. 

Además, se solicitó que el ex funcionario ecuatoriano sea puesto en manos de las autoridades de ese país para enfrentar las acusaciones de corrupción que hay en su contra.

“Para el Ecuador resulta jurídicamente evidente que no es lícita la concesión de asilo diplomático al señor Jorge David Glas Espinel. En consecuencia, el Ecuador reitera que no otorgará salvoconducto alguno, ya que no procede en el marco de las referidas convenciones”, escribió en un comunicado el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, que además dijo que está a la espera de la notificación del otorgamiento del asilo por parte de México.

El ministerio ecuatoriano explicó que hay sentencias condenatorias en contra del ex vicepresidente, Jorge Glas, por asociación ilícita y cohecho, que ya fueron compartidas al gobierno mexicano y que además hay una orden de captura por peculado o lavado de dinero.

“El Ecuador y México son Partes en la Convención sobre Asilo Político de 1933 y en la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954. 
“El Ecuador reitera que no cabe la concesión de asilo diplomático al ciudadano Jorge David Glas Espinel, en virtud de lo dispuesto en artículo III de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 y el artículo uno de la Convención sobre Asilo Político de 1933, que establecen claramente que no es lícito conceder asilo a personas condenadas o procesadas por delitos comunes y por tribunales ordinarios competentes”, explicó Ecuador.

Así, asegura el gobierno ecuatoriano que la concesión de asilo diplomático implicaría un acto ilícito de parte de México al apoyar la evasión de la justicia del Estado de Ecuador y promover la impunidad.

“De conformidad con lo establecido en los artículos III, inciso segundo, de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 y el artículo 1 de la Convención sobre Asilo Político de 1933, en las que son partes ambos países, el gobierno de México tiene la obligación de entregar al señor Jorge David Glas Espinel para que sea puesto a disposición de los tribunales de justicia del Ecuador”, continuó el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Ante esta situación, el gobierno ecuatoriano lamentó que México no haya considerado en la decisión de otorgar el asilo a Jorge Glas las convenciones en materia de asilo diplomático, pero también las obligaciones bajo la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de 2002 y bajo la Convención Interamericana contra la Corrupción de 1996, para cooperar para prevenir y combatir la corrupción.

Sin embargo, Ecuador aseguró que mantiene su compromiso de proteger a la misión diplomática mexicana en su país: 

“Ecuador, en estricto apego a las normas de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, continuará brindando protección a los locales de la Embajada de México en Quito. Igualmente, el Ecuador brinda todas las garantías a la embajadora Raquel Serur Smeke, quien ha sido declarada persona ‘non grata’, hasta su salida del país.”
Según el ministerio, en Ecuador no se persigue a ninguna persona por motivos de raza, religión, pertenencia a grupo social u opiniones políticas, por mandato constitucional y en apego a normas internacionales de derechos humanos.

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