Propone Paul Martínez reforma para salvaguardar datos personales en prácticas de cobranza ilegítima
- Presentó una reforma al Artículo 173 ter del Código Sustantivo Penal para evitar la exhibición de este tipo de información en redes sociales
Redacción / Ventanaver. Xalapa, Veracruz, 2 de mayo de 2023.- El diputado morenista Paul Martínez Marie propuso una reforma al Artículo 173 ter del Código Sustantivo Penal, a fin de salvaguardar la información de datos personales en prácticas de cobranza ilegítima, la cual no cuenta con una regulación y sólo exhibe a los deudores en todo tipo de plataformas digitales.
En la máxima tribuna, el Legislador peroteño explicó que tras la pandemia por COVID-19 se desencadenó una terrible crisis económica, agravada por aumentos en los índices de inflación y desempleo a escala nacional, perjudicando a muchas personas y sectores.
Aunado a que el ingreso y salario de la población se vieron disminuidos, lo que generó incumplimientos de pago, morosidad y crecimiento de deudas, situación que también puso una enorme presión a los acreedores, quienes buscaron cobrar por cualquier medio y forma, incluso exhibiendo datos personales de los deudores en redes sociales.
«De manera indebida, estas empresas y personas que se dedican a dar préstamos en efectivo se apropian de los datos personales de sus clientes y hacen uso ilegal de los mismos para presionar el pago de créditos arbitrarios. Una de las tácticas de extorsión más frecuente entre estas empresas es el envío masivo de mensajes a los contactos de sus clientes en WhatsApp y Facebook, usando una fotografía con las leyendas que los exhibe como deudores, los señalan de fraude e instan a localizarlos», precisó.
La cobranza extrajudicial, prosiguió, cada vez se ha hecho más recurrente, por lo que, como legisladores lo que se pretende es garantizar el respeto por los datos personales de quienes se ven afectados ante este tipo de acciones contrarias a la ley, así como los de sus familiares, mismos que son amenazados con el despojo de algún bien mediante el hostigamiento constante.
«La modificación de este tipo penal justifica una visión social, para garantizar la seguridad y tranquilidad emocional de deudores, evitándoles cualquier tipo de acoso o intimidaciones en su agravio, pero sin pretender promover ‘la cultura del no pago’. Dichos actos ilegales generan en el deudor un ambiente hostil ante la sociedad por ser sometido a una valoración social indebida por exhibir su deuda y morosidad, y pone en riesgo su integridad y patrimonio al ser expuesto su domicilio y sus bienes, por lo que estas acciones por parte de los acreedores deben cesar», subrayó.
De la misma forma, citó que en redes sociales infinidad de usuarios han compartido sus malas experiencias con las aplicaciones de crédito, narran cómo un préstamo de 2 mil pesos llega a convertirse en deudas de más de 5 mil pesos en sólo unos pocos días, por lo que es necesario regular estos negocios y erradicar los vacíos legales para cobrar estas deudas.
Finalmente, recordó que el derecho a la vida privada, tutelado por la Constitución y por Tratados Internacionales en materia de derechos humanos, puede vulnerarse con los actos de hostigamiento, amenazas o violencia que llevan a cabo personas físicas y morales, con la utilización de datos e información privada, para cobrar deudas contraídas con particulares o instituciones de crédito, por lo es imperativo proteger los datos personales.