ColumnaYamiri Rodríguez Madrid

El obligatorio cubrebocas

La vuelta a Veracruz en un teclazo

Por Yamiri Rodíguez Madrid

En lo que va de este 2021, los contagios han crecido de manera exponencial en Veracruz y en México. A nivel nacional se han roto records de contagio como el pasado 13 de enero, que fueron más de 15 mil. Aquí en la entidad casi llegamos a las 300 muertes por el Covid19 y hemos alcanzado picos de hasta más de 300 nuevos casos en un solo día. 

Sin embargo, muchas personas siguen sin usar el cubreboca, sin creer en lo importante que es para reducir los contagios. Hay quienes traen la nariz de fuera o, de plano, salen a la valiente a la calle sin éste, no solo poniéndose en riesgo a ellos mismos, sino a quienes se van encontrando a su paso. 

Los comerciantes lo saben bien, por eso hace unos días, representantes de algunas cámaras empresariales como la Cámara Nacional del Comercio (Canaco) y la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra) se pronunciaron por comenzar a multar a quienes no lo porten. 

El regidor xalapeño, Juan Gabriel Fernández Garibay, también se pronunció al respecto y reveló que ya se analiza la aplicación de sanciones, pues la misma medida se ha aplicado en otros municipios y estados del país y podría alcanzar mil 500 pesos. 

En Chihuahua, por ejemplo, en noviembre del año pasado, el Congreso Local expidió una ley que regula el uso obligatorio del cubreboca.  En ésta se estipula, por ejemplo, que los operadores de las unidades del transporte público deberán usar de manera obligatoria la mascarilla durante la jornada laboral y no podrán prestar el servicio al usuario o usuaria que no lo traiga colocado. 

Cuando alguna persona se rehúse a portar cubrebocas o incurra en actos de violencia por este motivo, la autoridad competente podrá aplicar las sanciones previstas, que van desde la amonestación con apercibimiento, entrega de material médico, trabajo comunitario, multa, clausura temporal, parcial o total y arresto hasta por 12 horas. 

En lo relativo a las multas, determina que, en el caso de propietarios o administradores de los establecimientos comerciales, industriales, empresariales, de negocios o de servicios previsto en el artículo 12, será de hasta 15 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En los demás casos será hasta 5 veces el valor diario de la dicha Unidad y lo recaudado por concepto de multas, se integrará a un Fondo para la adquisición y entrega de cubrebocas, que será administrado de acuerdo con el reglamento correspondiente. 

Colima y Zacatecas analizan también lo propio y, aunque es cierto que no hay los elementos suficientes para vigilar que cada uno de los más de 8 millones de habitantes en Veracruz lo porten al salir, es un tema que depende de cada uno de nosotros. Es nuestra vida, la de nuestros familiares y seres queridos, la que está en riesgo. Mientras más lo usemos, más pronto esto podría pasar. 

@YamiriRodriguez 

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